Gastos de trabajo relacionados con la discapacidad

Gastos de trabajo relacionados con la discapacidad


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EN QUÉ CONSISTE Puedes trabajar de forma remunerada mientras recibes beneficios por discapacidad, pero solo dentro de unos límites estrictos. Los ingresos que superen un determinado nivel


representan lo que el Seguro Social denomina "trabajo sustancial y lucrativo" (SGA). En el 20243, ese nivel es de $1,550 al mes, de $2,590 si eres ciego. Si ganas más de esa


cantidad cuando solicitas los beneficios por discapacidad, en la mayoría de los casos, el Seguro Social rechazará tu solicitud y puede suspender los pagos que ya estés recibiendo si tus


ingresos superan el límite. Entretenimiento Paramount+ 10% de descuento en cualquier plan de Paramount+ See more Entretenimiento offers > Sin embargo, para decidir si realizas un trabajo


sustancial y lucrativo, el Seguro Social deducirá de tus ingresos brutos los gastos de trabajo relacionados con la discapacidad. Si eso reduce tus ingresos contables por debajo del límite,


puedes seguir teniendo derecho a los beneficios. La prueba SGA se aplica a cualquier persona que solicite o reciba el SSDI. Para la SSI, es un factor que solo se tiene en cuenta cuando se


solicitan beneficios. Una vez que se aprueban los pagos de la SSI, no están sujetos al límite del SGA. Sin embargo, las personas discapacitadas que reciban la Seguridad de Ingreso


Suplementario pueden seguir beneficiándose de los gastos de trabajo relacionados con la discapacidad. El SSI tiene su propio conjunto de límites estrictos de ingresos. En el 2024, los


beneficiarios de la SSI que solo tengan ingresos procedentes del trabajo no pueden ganar más de $1,971 al mes. Al igual que en el caso del SGA, los gastos directamente relacionados con tu


capacidad para trabajar pueden deducirse del límite de ingresos de la SSI y pueden ayudarte a cumplir con los requisitos. ¿QUÉ CUENTA COMO IRWE? Para tener la consideración de gasto de


trabajo relacionado con la discapacidad, un producto o servicio debe cumplir todos los siguientes criterios: * Lo necesitas para poder trabajar. * Esa necesidad surge de una discapacidad


física o mental. * Lo pagas tú mismo. Cualquier parte del costo cubierta por otra fuente, como Medicare, Medicaid o un seguro médico privado, no es un IRWE. * El costo es


"razonable", lo que significa que lo que pagues refleja una tarifa estándar para ese artículo o servicio en el lugar en el que vives. El Libro Rojo, la guía del Seguro Social sobre


las disposiciones relacionadas con el trabajo de los programas de beneficios por discapacidad, enumera los bienes y servicios de varias categorías que cumplen estos criterios. Estos son


algunos ejemplos de gastos generalmente deducibles de tus ingresos por su clasificación como IRWE.