
El ayuntamiento de madrid vuelve a colaborar con hacienda para ayudar a presentar la declaración de la renta de manera gratuita
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29/05/2025 ACTUALIZADO A LAS 10:28H. Un año más, el Ayuntamiento de Madrid colabora con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) en la Campaña de Renta 2024 para facilitar a
los ciudadanos la confección y presentación de sus declaraciones del IRPF. A través de las oficinas municipales de la Agencia Tributaria de Madrid (ATM), se prestará asistencia tanto
telefónica como presencial, con especial atención a las personas mayores de 65 años. Desde el pasado 29 de abril, los contribuyentes pueden solicitar cita para ser atendidos telefónicamente,
y desde este 29 de mayo podrán hacerlo también para recibir atención presencial. En ambos casos, el plazo para pedir cita previa estará abierto hasta el próximo 27 de junio. Los
contribuyentes podrán solicitar una cita a través de Internet, en la web de la AEAT www.agenciatributaria.es, a través de la aplicación 'Agencia Tributaria' o por teléfono Cita
Previa 'Le Llamamos' en los números 901 22 33 44 o 91 553 00 71, con atención personal de lunes a viernes de 9.00 a 19.00 horas y 901 12 12 24 o 91 535 73 26, con atención
automatizada las 24 horas del día, estos últimos solo para solicitar asistencia telefónica. La colaboración entre el ayuntamiento y la AEAT ha demostrado una alta demanda y eficacia. En la
pasada Campaña de Renta 2023, el Ayuntamiento atendió a 27.038 contribuyentes, lo que permitió elaborar 23.633 declaraciones —de las cuales 19.725 fueron telefónicas y 3.908 presenciales— y
resolver 3.405 consultas —3.239 por vía telefónica y 166 realizadas de forma presencial—. Una parte fundamental del servicio es el refuerzo a la atención a mayores de 65 años, grupo que
representa casi el 14 por ciento de los contribuyentes atendidos el año pasado —2.058 fueron mujeres y 1.608 hombres—. En la presente campaña, hasta el 20 de mayo ya se han gestionado 6.000
actuaciones a 5.814 contribuyentes, de los cuales 1.007 son mayores de 65 años, de las que 526 han sido hombres y 481 mujeres (17,3 por ciento del total). REQUISITOS PARA ACCEDER AL SERVICIO
Para poder recibir asesoramiento a través del ayuntamiento, los contribuyentes deben cumplir una serie de requisitos establecidos por la AEAT, entre ellos, tener ingresos por rendimientos
del trabajo hasta 80.000 euros anuales; rendimientos del capital mobiliario hasta 20.000 euros anuales; capital inmobiliario limitado a dos inmuebles alquilados o dos contratos; poseer hasta
dos transmisiones patrimoniales; renta básica de emancipación, subvenciones no vinculadas a actividad económica, rentas inmobiliarias imputadas, y otros supuestos en régimen de atribución
de rentas. Asimismo, se atienden declaraciones con circunstancias excepcionales como compensación de partidas pendientes de ejercicios anteriores, rentas exentas con progresividad,
regularización de cláusulas suelo, deducción por doble imposición internacional y rectificaciones y complementarias del propio ejercicio 2024. Cabe destacar que las declaraciones con
resultado a ingresar solo podrán presentarse a través del ayuntamiento si el contribuyente opta por la domiciliación bancaria del pago, fraccionado o no, y hasta el 25 de junio. En caso
contrario, deberán ser presentadas directamente por el contribuyente. NOVEDADES Entre las principales novedades de esta campaña se incluyen cambios en los límites para la obligación de
declarar; nuevas formas de pago como Bizum y domiciliación en cuentas de entidades no colaboradoras dentro de la zona SEPA; nuevos porcentajes de reducción por alquileres y deducciones por
donativos; mantenimiento de deducciones por eficiencia energética, adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga. En el ámbito autonómico, los residentes en la Comunidad de Madrid
podrán beneficiarse de nuevas deducciones por arrendamiento de viviendas vacías, por cambio de residencia a un municipio en riesgo de despoblación, por adquisición de vivienda habitual en
municipios en riesgo de despoblación y por inversiones de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero, las ampliaciones de otras deducciones ya vigentes anteriormente como las
deducciones por arrendamiento de vivienda habitual, que se amplía a los contribuyentes hasta los 40 años de edad, y por el incremento de los costes de financiación para la inversión en
vivienda habitual, en la que se modifican las condiciones de aplicación. Reportar un error