
Esta es la costosa multa que te puede caer en sevilla por jugar al dominó en la calle
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AUNQUE PAREZCA UNA ESCENA TÍPICA Y ENTRAÑABLE, EL REGLAMENTO MUNICIPAL CONSIDERA EL DOMINÓ UNA FUENTE DE RUIDO MOLESTO… Y LAS SANCIONES NO SON SIMBÓLICAS 20/05/2025 a las 15:37h. Sentarse al
aire libre en una terraza, pedir un café y jugar una partida de dominó ha sido durante años parte del paisaje cotidiano de Sevilla. Pero lo que para muchos sigue siendo una tradición
entrañable, en realidad podría salir bastante caro. Literalmente. Desde 2013, una ordenanza municipal PROHÍBE EXPRESAMENTE ESTE TIPO DE ACTIVIDADES en la vía pública, especialmente si
generan ruido. ¿POR QUÉ ESTÁ PROHIBIDO JUGAR AL DOMINÓ EN LA CALLE? La clave está en la normativa sobre ruido que regula el uso del espacio público en la ciudad. El Ayuntamiento hispalense
aprobó en julio de 2013 una normativa específica sobre contaminación acústica que restringe todo aquello que pueda perturbar la tranquilidad en zonas al aire libre, como TERRAZAS O
VELADORES. En esa norma, se detallan prohibiciones que abarcan desde tocar instrumentos en la vía pública o cantar en grupo, hasta lo que más llama la atención: JUGAR AL DOMINÓ O A LOS
DADOS. Según el documento, se prohíben «actividades susceptibles de generar ruido de impacto». Y sí, eso incluye el inconfundible REPIQUETEO DE LAS FICHAS DE DOMINÓ sobre la mesa. HASTA
300.000 EUROS DE MULTA Aunque la imagen de un grupo de mayores jugando al aire libre ya no es tan usual en Sevilla, sobre el papel, esas escenas están fuera de la legalidad. Y la infracción
no es leve: el régimen sancionador establece multas que pueden ir DESDE LOS 300 EUROS HASTA LOS 300.000 EUROS, dependiendo del nivel de ruido, la reiteración o cómo efecten a los vecinos. En
la práctica, la aplicación de estas SANCIONES ES MÁS BIEN ANECDÓTICA, y muchas veces depende de denuncias específicas o campañas de control. Aun así, conviene tenerlo en cuenta, sobre todo
si se gestionan espacios de hostelería o se organizan actividades en la vía pública. OTRAS PROHIBICIONES: NO SOLO VA DEL DOMINÓ Además del dominó, la ordenanza señala otras acciones
igualmente sancionables en zonas de veladores: * No se permite COMER O BEBER DE PIE, ni dentro ni fuera de la zona autorizada. * Queda prohibida la PREPARACIÓN DE ALIMENTOS si genera ruido
perceptible desde el exterior. * Tampoco se pueden instalar MÁQUINAS RECREATIVAS como futbolines o billares. * Se restringen actividades como el USO DE MEGAFONÍA, música en directo o
cualquier otra que altere el entorno acústico. Estas reglas buscan REDUCIR LAS MOLESTIAS EN ZONAS RESIDENCIALES y favorecer la convivencia, pero también han sido objeto de debate por su
rigidez y escasa visibilidad entre vecinos y hosteleros. Reportar un error