
Incoterm CIF - Definición, qué es y concepto | Economipedia
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EL INCOTERM CIF ES EN MATERIA DE COMERCIO UN CONCEPTO REFERIDO A UNA COMPRAVENTA INTERNACIONAL EN LA CUAL LA PARTE VENDEDORA ES RESPONSABLE DE LOS COSTES DE TRANSPORTE Y PROTECCIÓN DEL
PRODUCTO DESDE EL INICIO HASTA SU LLEGADA AL PUNTO O PUERTO DESTINO. LAS SIGLAS CIF HACEN REFERENCIA EN INGLÉS A «COST, INSURANCE AND FREIGHT», QUE SIGNIFICA COSTE, SEGURO Y FLETE. En el
ámbito de los mercados internacionales de bienes y servicios, es común la aparición del CIF como uno de los principales incoterms establecidos por la Cámara de Comercio Internacional. De
este modo se conforma como unos de los tipos de contrato de compraventa a nivel internacional más extendidos y utilizados por empresas importadoras y exportadoras a lo largo y ancho del
mundo. El significado de sus siglas (en inglés: cost, insurance and freight) simplifica el modo de funcionamiento de este tipo de práctica comercial entre agentes económicos pertenecientes a
distintos países o zonas de comercio. El esquema básico del CIF supone que, por medio de este incoterm, sea la compañía oferente la que corra a cargo de los costes de envío, transporte y
seguro de los bienes hasta su llegada al puerto de destino. IMPLICACIONES BÁSICAS DE UN ACUERDO DE COMERCIO DE TIPO CIF La existencia de un acuerdo de comercio que se rija por un
planteamiento CIF supone los siguientes planteamientos: * El vendedor se asegura de la llegada de la mercancía. Es común la contratación de pólizas de seguros específicas para el comercio
internacional ante posibles siniestros, deterioros o pérdidas. Estas normalmente suelen ser de cobertura mínima pero ampliables si lo desea el comprador a coberturas de todo riesgo. * Los
costes relativos a la preparación, distribución y transporte hasta destino serán responsabilidad del vendedor. Entre ellos estarán incluidas las posibles tarifas aduaneras en punto de
origen. * Respecto a las tarifas aduaneras en punto de destino, serán responsabilidad del comprador y receptor de la mercancía. Al igual ocurriría con hipotéticos aranceles y el posible
transporte interno en país de destino.. * Generalmente los acuerdos comerciales con carácter CIF se desarrollan a través de transporte marítimo.