Muerte digna para ana estrada: juez resolverá en “plazo razonable” acción de amparo

Muerte digna para ana estrada: juez resolverá en “plazo razonable” acción de amparo


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LUEGO DE MÁS DE 30 AÑOS CON UNA ENFERMEDAD DEGENERATIVA, INCURABLE Y DOLOROSA, ANA ESTRADA DEBERÁ SEGUIR ESPERANDO SI EL PODER JUDICIAL LE PERMITE ACCEDER A UNA MUERTE DIGNA. ESTA TARDE, EL


JUEZ JORGE RAMÍREZ NIÑO DE GUZMÁN, TITULAR DEL 11° JUZGADO CONSTITUCIONAL, CONCLUYÓ SIN UN FALLO LA AUDIENCIA POR LA ACCIÓN DE AMPARO PRESENTADA HACE UN AÑO POR LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO EN


FAVOR DE LA PSICÓLOGA DE 44 AÑOS. > MIRA: Una muerte digna para Ana Estrada: la batalla legal por la > eutanasia entra a fase decisiva Tras escuchar los alegatos del Defensor del


Pueblo, Walter Gutiérrez, de Ana Estrada y de representantes del Ministerio de Salud (Minsa), del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), así como de Essalud, el magistrado


informó que aún no emitirá una sentencia dada la “trascendencia del caso” y la alta carga procesal de su despacho. “Todavía puedo esperar alegatos adicionales y se estará sentenciando dentro


de un plazo razonable”, dijo. UN PEDIDO SOBRE DIGNIDAD _“Hoy es un gran día para mí, el más esperado [...] Soy Ana Estrada, tengo 44 años, soy peruana. A los 12 me diagnosticaron


polimiositis, una enfermedad autoinmune, degenerativa, irreversible y progresiva que afecta principalmente los músculos y va debilitando el cuerpo por completo”. _Con una preparación previa


para hablar a pesar de su traqueostomía, Ana Estrada expuso sus argumentos para solicitar una acción de amparo que le permita acceder a una muerte digna a través de la EUTANASIA. En una


transmisión virtual, la psicóloga explicó que desde el año 2015, cuando estuvo seis meses en la unidad de cuidados intensivos (UCI) del hospital Rebagliati, su condición de salud ha ido


empeorando al punto que hoy requiere asistencia las 24 horas. “_La motivación por mi derecho a la muerte digna se inició cuando recaí en 2016 y me volvieron a hospitalizar. Ahí me di cuenta


que esto no era vida para mí. Que había perdido todo. Me di cuenta que en mi país está criminalizado si alguien me ayuda a ponerle fin a mi sufrimiento”_, explicó. En la audiencia también


intervino el defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, quien explicó que la acción de amparo presentada solicita inaplicar EL ARTÍCULO 112 DEL CÓDIGO PENAL, que sanciona con hasta tres años de


prisión el delito de ‘homicidio piadoso’, que consiste en penalizar _“al que, por piedad, mata a un enfermo incurable que le solicita de manera expresa y consciente para poner fin a sus


intolerables dolores”._ El recurso también pide que se establezca un protocolo que garantice el procedimiento médico de la eutanasia y la conformación de una Junta Médica en Essalud que


certifique que la decisión tomada sea libre e informada. De acuerdo con Gutiérrez, el derecho a la muerte digna está contenido en otros derechos establecidos en la Constitución y que la


falta de una norma específica sobre el tema no evita que dicho derecho exista. _“Nuestro pedido no es dejarla morir. Nuestro pedido es dejarla decidir hasta qué momento, hasta qué punto y en


qué determinadas condiciones su vida, a juicio de ella, no sería digna de ser vivida”_, sostuvo. TRES POSICIONES EN CONTRA Durante la audiencia, los procuradores del Minsa, Minjusdh y de


Essalud, instituciones demandas por la Defensoría, solicitaron que se declare infundado el recurso de amparo al considerar que el tema debería ser debatido en el Congreso de la República y


no a través de un proceso constitucional. > Se inicia la audiencia en la @CSJdeLima por el caso de Ana Estrada. > El defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, explica que se pide que >


 no se aplique el artículo 112 del Código Penal que criminaliza la > muerte digna. pic.twitter.com/i3TThYTqkG > — Lima_El Comercio (@Lima_ECpe) January 7, 2021 _“A través de una


sentencia constitucional el juez no podría inmiscuirse en asuntos que deberían ser deliberados a través de la representación nacional, que es el Parlamento [...] No consideramos que el


camino de la jurisdicción constitucional sea el idóneo para el debate de una institución tan importante como el que se planea en la demanda de amparo”,_ dijo el procurador del Minjusdh. Para


el Minsa, por su parte, no es posible que una acción de amparo solicite la creación de un protocolo para la aplicación de la eutanasia debido a que actualmente no existen normas al


respecto. _“Consideramos que este tema de la eutanasia corresponde ser regulado en el Congreso de la República, a través de una norma de carácter general. Entonces sí, cuando haya una


regulación de carácter normativa, el Minsa está en obligación de dictar todos los protocolos o procedimientos para que pueda llevarse a cabo”,_ agregó. Finalmente, el representante de


Essalud señaló que su pedido para que se desestime la acción de amparo se basa en que dicho recurso trastocaría el “principio de legalidad, el principio de corrección funcional y la


separación de poderes”. _“No existe ley que regule la eutanasia y se necesitan estudios oficiales de carácter técnicos y científicos que no existen. No hay protocolo para la eutanasia. Se


trata de un tema técnico, tendrían que analizarse criterios como la correcta definición intolerable del dolor, la determinación de que el padecimiento es irreversible e incurable”, a_firmó.


TIEMPO RAZONABLE Respecto a la decisión del juez tomarse un tiempo para resolver la demanda de amparo, Percy Castillo, adjunto para los Adjunto para los Derechos Humanos y Personas con


Discapacidad de la Defensoría, dijo que esperan que el plazo sea efectivamente razonable debido a que la condición de Ana Estrada empeora con el paso de los días. _“Presentamos una acción de


amparo porque Ana necesita atención rápida. Lamentablemente, la pandemia ha impedido que se analice con la rapidez necesaria. __LA IDEA ES GANAR EL TIEMPO QUE ANA NECESITA. EL TIEMPO NO


JUEGA A SU FAVOR”_, dijo a El Comercio. Para el representante de la Defensoría, no es válida la posición de las tres instituciones de derivar la discusión sobre el derecho a la muerte digna


a el Congreso de la República. En su opinión, existe evidencia de que, a través del reconocimiento de derechos en la jurisprudencia, se han impulsado normas de carácter general. _“Muchos


derechos se han creado por jurisprudencia y luego vienen con una ley. No es un argumento válido decir que, como no hay ley, entonces el juez no puede fallar. Precisamente, recurrimos al juez


porque advertimos que hay un derecho que existe y requiere de una decisión judicial para que se operativice”,_ enfatizó. Ana Estrada, por su parte, utilizó su cuenta de Twitter para


agradecer el apoyo de la Defensoría y de quienes la respaldan en su búsqueda para poder elegir el momento en que desea terminar con su vida, antes de que la enfermedad continúe deteriorando


su cuerpo. _“Ha sido un gran día. A pesar de las respuestas negativas del Minjusdh, Essalud y el Minsa, he tenido la oportunidad de ser escuchada y eso ya es una conquista. Repito: ha sido


un gran día. __NO HEMOS PERDIDO. HEMOS EMPEZADO.”_, dijo. > Gracias a @Defensoria_Peru por atender mi causa desde setiembre del > 2019. A @WGutierrezPE por defender mi derecho y 


exponer de una > manera tan humana como transparente mi historia ante la audiencia de > hoy. > — Ana Estrada (@anaestradau) January 8, 2021 En la versión actualizada de la nota se


incluyeron las declaraciones de Percy Castillo y Ana Estrada. VIDEO RECOMENDADO VIOLETA BERMUDEZ: “TENEMOS QUE EMPEZAR LA VACUNACIÓN TAN PRONTO LLEGUEN LAS VACUNAS” TE PUEDE INTERESAR