Jubilarse a los 52 ¿es posible? | ideal

Jubilarse a los 52 ¿es posible? | ideal


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Viernes, 30 de mayo 2025, 10:10 Comenta Compartir _Claves económicas' es una newsletter para intentar entender qué pasa en el mundo económico y cómo nos afecta. La recibirás cada


viernes si estás suscrito y, si te parece bien, puedes compartirla con tus amigos o recomendarla._ NEWSLETTER Quizá le pueda defraudar por encontrarse hoy una newsletter en la que no vaya a


tratar alguno de los temas que han copado la actualidad de esta semana y provocado mayor polémica: la decisión del Gobierno de irrumpir en la opa del BBVA sobre el Sabadell con la


(previsible) intención de entorpecerla (otra injerencia más en el ámbito de la empresa privada); el tira y afloja de eléctricas y Corredor por la responsabilidad del apagón un mes después de


producirse y la teoría que culpa de este cero energético a un 'experimento' del Gobierno con las renovables; las sentencias que llegan desde EE UU y quitan y ponen los aranceles


de Trump; la intención del gobernador del Banco de España de remodelar su estructura y llevarse una parte de los trabajadores (él sostiene que serán solo empleados de perfil tecnológico) a


Barcelona además de su negativa a que el supervisor se pronuncie ahora sobre pensiones después de treinta años haciéndolo… Creo, quizá equivocadamente, que ya se ha hablado y se seguirá


hablando tanto de estos temas… que merece la pena tocar otros que, por desgracia, están pasando sin pena ni gloria en esta vorágine de acontecimientos. Y eso que son asuntos que tienen tanto


tirón como la jubilación y la edad a la que se llega. Sin embargo, ahora no están tan de moda. Incluso la reducción de la jornada está perdiendo también cierto interés, aunque también se


han enzarzado de nuevo Yolanda Díaz y los empresarios por ello. Pero sin duda hay muchos colectivos de trabajadores que estaban esperando este momento: el momento en el que se ha abierto la


puerta a solicitar una jubilación anticipada y sin recortes, incluso a los 52 años; es decir, 15 años antes de lo que va a ser obligatorio ya en 2027: el retiro a los 67. No obstante, por


delante hay un largo camino lleno de obstáculos y, previsiblemente, serán pocos los que lo logren, puesto que el sistema avanza no hacia el adelanto, sino hacia el retraso de la jubilación,


algo que ya se está consiguiendo y la edad efectiva supera ya los 65 años. Hablamos de los camioneros, taxistas y transportistas profesionales en general; albañiles y otros duros oficios de


la construcción, camareras de piso (más conocidas como 'kellys'); tripulantes de vuelo (que se sienten discriminados respecto a sus compañeros pilotos); cuidadores de personas


dependientes; personal sanitario; policías y guardias civiles; bomberos y agentes forestales; buceadores… Son, en realidad, cualquier profesión que considere que puede estar sometida a una


situación de riesgo, peligrosidad, penosidad o expuesta a algún tipo de insalubridad por sustancias químicas y tóxicas que le impida poder realizar su oficio hasta la edad legal de


jubilación. A partir del próximo 17 de abril se abre ya la veda para que puedan solicitar a la Seguridad Social acogerse a unos coeficientes reductores que les permitiría recortar su edad de


jubilación sin penalización en su pensión a cambio de pagar durante su vida laboral una cotización adicional. La mayor parte de este sobrecoste corre, una vez más, a cargo de los


empresarios y una pequeña parte, de los trabajadores. El gasto para el sistema en teoría debe ser neutro, que ya bastante déficit acumula. Privilegio para diez oficios Este privilegio ya lo


tienen en la actualidad diez grupos de profesionales: pilotos, mineros, bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos, ferroviarios, artistas, toreros, policías


municipales y forales de Navarra, mossos d'Escuadra y ertzainas. El Gobierno, con varios meses de retraso y casi un año después de pactarlo con los agentes sociales, aprobó el pasado


martes el reglamento para determinar los supuestos en los que procede permitir ese anticipo de la edad de jubilación mediante la aplicación de coeficientes reductores. Sin embargo, la nueva


ley deja claro que adelantar el retiro será la última opción, algo –digamos- excepcional, siempre y cuando no exista posibilidad de adecuar el puesto de trabajo y mejorar sus condiciones,


por lo que todo apunta a que su alcance terminará siendo muy limitado. Porque hasta alcanzarlo habrá que seguir un tortuoso, largo y complejo trámite burocrático que previsiblemente impedirá


a estas profesiones que lo están reclamando obtenerlo –y en el mejor de los casos- antes de que termine el año. Para ello, en primer lugar los sindicatos y la patronal tendrán que solicitar


conjuntamente -algo que puede resultar complicado en muchos casos- a la dirección general de ordenación de la Seguridad Social la aplicación de estos coeficientes especiales para un


colectivo en concreto. La Seguridad Social se encargará de elaborar un informe de morbilidad y mortalidad de este oficio, acompañado de los que también elaborarán la Inspección y el


Instituto de Seguridad y Salud en el trabajo, y los remitirá a la comisión de evaluación, que será la que estudiará estos informes y decidirá si da luz verde o rechaza la petición. Barreras


burocráticas Pero antes el ministerio tiene que formar esa comisión y para ello tiene un plazo de cuatro meses. Y una vez se forme y le remitan las solicitudes, tendrá a su vez seis meses


para evaluar cada petición. Y esto, recuerden, si no se pueden modificar las condiciones de trabajo para hacer el puesto más seguro y si se cumple una compleja fórmula objetiva basada en la


incidencia, persistencia y duración de los procesos de incapacidad temporal, las declaraciones de incapacidad permanente y los fallecimientos. En definitiva, que esto recuerda a esas


reclamaciones que uno tiene que hacer para pedir la devolución de un recibo o una indemnización por el retraso de un vuelo o cancelación, que de tanta burocracia, lentitud y espera, uno se


aburre y, cuando se da cuenta, ya se ha pasado el plazo o, en este caso, ha cumplido los 67 y se puede jubilar. Comenta Reporta un error