
Condenan a un profesor que aprobó a una alumna sin hacer el examen
- Select a language for the TTS:
- Spanish Female
- Spanish Male
- Spanish Latin American Female
- Spanish Latin American Male
- Language selected: (auto detect) - ES
Play all audios:

El docente de la Universidad de Granada ha sido inhabilitado durante siete años por un delito de prevaricación. El Tribunal Supremo ha condenado a un profesor de la Universidad de Granada a
siete años de inhabilitación por delito de prevaricación por PONER UN SOBRESALIENTE A UNA ALUMNA EN UN EXAMEN AL QUE NO SE PRESENTÓ. SE TRATA DE LA PRIMERA CONDENA DEL ALTO TRIBUNAL A UN
DOCENTE POR UNA PREVARICACIÓN DE ESTE TIPO. La Sala de Lo Penal rechaza íntegramente el recurso del profesor contra la sentencia de la Audiencia de Granada que le condenó por estos hechos
que le PERMITIERON A LA ALUMNA EN CUESTIÓN APROBAR POR COMPENSACIÓN OTRAS ASIGNATURAS Y OBTENER UN MES DESPUÉS EL TÍTULO DE LICENCIADA EN PEDAGOGÍA. También se ratifican siete años de
inhabilitación a la que fuera adjunta a la administradora de la Facultad de Ciencias de la Educación de dicha universidad, por MEDIAR ENTRE ALUMNA Y PROFESOR, según recoge la sentencia de la
que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela que concluye que los hechos constituyen una resolución administrativa susceptible de determinar la comisión de un delito de prevaricación.
Los hechos tuvieron lugar en enero de 2008 cuando la alumna expuso a la mediadora también condenada que le era muy difícil asistir a las clases y realizar los exámenes al estar trabajando en
Cádiz y que necesitaba aprobar alguna asignatura para poder acceder al derecho de compensación previsto en la Normativa de la Universidad de Granada, pues no reunía los requisitos exigidos
para la obtención del correspondiente título, al no tener aprobadas asignaturas troncales de primer y segundo ciclo y carecer de créditos suficientes. NO SE CONOCÍAN LA MUJER EXPUSO LA
SITUACIÓN AL PROFESOR CONDENADO, CON QUIEN MANTENÍA BUENA RELACIÓN y que impartía la asignatura del primer cuatrimestre 'Orientación Escolar y Tutoría' y éste accedió a la petición
"SIN QUE TUVIERA QUE REALIZAR NINGÚN EXAMEN, aún sin conocerla y sin que hubiera podido asistir a ninguna de sus clases hasta el momento porque ni siquiera estaba matriculada".
Una vez se aseguró el aprobado, la empleada de la facultad contactó a la joven y le explicó que había hablado con un "profe amigo"a quien le había pedido el favor de que le
aprobara y había accedido. Ella le contestó agradeciéndole el favor y diciéndole que ese mismo mes iría a Granada para presentar el impreso de peticiones varias para compensación y pagar la
asignatura. Agrega el Supremo que entre las especificidades de esta resolución podrán señalarse las que se consideren derivadas de la libertad de cátedra. "Pero ésta nunca constituye
-explica la sentencia--, o al menos no debe constituir, una carta en blanco para expedir la acreditación de suficiencia de conocimientos de modo libérrimo y, menos, exento de control que
excluya la arbitrariedad", reza la resolución.