Cobrar seguro social de mi cónyuge fallecido y propios

Cobrar seguro social de mi cónyuge fallecido y propios


Play all audios:


En el sentido de recibir una combinación de los dos, no. Cuando reúnes los requisitos para recibir dos beneficios del Seguro Social —como los beneficios para sobrevivientes y un pago


jubilatorio—, el Seguro Social no los combina, sino que te paga la cantidad más alta de los dos. Si los beneficios jubilatorios son mayores, solo recibirás esos beneficios. Si los beneficios


para sobrevivientes son mayores, el Seguro Social te paga los beneficios jubilatorios primero y compensará la diferencia para igualar la cantidad de los beneficios para sobrevivientes. Si


los beneficios para sobrevivientes exceden o no tu propio pago del Seguro Social dependerá de la cantidad de los beneficios de tu cónyuge fallecido y tu propia situación de edad y familiar.


Tienes derecho al: * 100% de los beneficios de la persona fallecida si ya alcanzaste la edad plena de jubilación. (Es de 66 y 4 meses para los que nacieron en 1958 y aumentará gradualmente a


67 durante los próximos años). * 71.5 al 99% si tienes entre 60 años —en la mayoría de los casos, esta es la edad más temprana en la que puedes cobrar beneficios para sobrevivientes— y la


edad plena de jubilación. (Si eres discapacitado, la edad mínima es de 50). * 75% si cuidas de un hijo de ese matrimonio menor de 16 años o discapacitado, sin importar tu propia edad.


SEMINARIO WEB DE AARP: 5 DECISIONES SOBRE EL  SEGURO SOCIAL QUE PUEDEN RESULTAR COSTOSAS Jueves, 19 de septiembre a las 7:00 p.m. (hora del Este y del Pacífico) El Seguro Social puede


representar una gran parte de tus ingresos de jubilación. Para maximizar tus beneficios, comienza por tomar las mejores decisiones para ti, en función de tu edad, estado civil, planes de


trabajo y más. Únete a AARP para este seminario web gratuito _(en inglés)_ y obtén orientación de expertos sobre cómo evitar los obstáculos del Seguro Social que podrían costarte dinero.


¡Inscríbete! TEN EN CUENTA QUE * Si ya recibes beneficios para cónyuges cuando tu esposo o esposa muere, en la mayoría de los casos el Seguro Social los convertirá automáticamente en


beneficios para sobrevivientes cuando se le informe de la muerte. De lo contrario, tendrás que solicitar los beneficios para sobrevivientes por teléfono al 800-772-1213 o en persona en tu


oficina local del Seguro Social (en inglés). Para visitas en persona, el Seguro Social recomienda programar una cita para evitar esperas largas.